Para este propósito, el mensaje enviado por el Prof. Parnas al Solicitante (el énfasis no está en el original) se citará aquí:
" Hola S.B.,
Como ya te he escrito, de acuerdo con las regulaciones de la universidad, era posible detener tus estudios en absoluto.
Antes de poder elegir cursos electivos , debe aprobar con éxito el curso de Estructuras de datos según lo determinado en su plan de pruebas.
En cuanto al segundo semestre, si aprueba con éxito los cursos que se le establecieron en el primer semestre, podrá inscribirse en el curso obligatorio Álgebra 2, así como en el curso obligatorio Algoritmos, cuyo requisito previo es, por supuesto, estructuras de datos.
Además de la letra de la ley, puede agregar dos cursos más de biología de su elección, pero como se mencionó, solo en el segundo semestre.
Bienvenido
Prof. Michal Parnas
Decano de la Facultad de Informática
Colegio Académico Tel-Aviv-Yafo "
- De hecho, la redacción de la mencionada notificación del Prof. Parnas al solicitante también es coherente con lo estipulado en el reglamento relativo a los términos del programa de pruebas, que se refieren al éxito en cursos "en los que no se obtuvo una calificación positiva", es decir, cursos que ya se han estudiado y en los que el estudiante ya ha suspendido, y no a cursos que aún no han sido tomados por él.
Por lo tanto, se puede suponer que las cosas con este espíritu se le dieron a la demandante y es posible creerle a la demandante que esto es lo que entendió de su conversación con la Sra. Skop y de la correspondencia con el Prof. Parnas.
La ayuda para esto también se puede encontrar en el hecho de que, prima facie, de acuerdo con la carta que se afirmó que se envió a la Solicitante, la Solicitante también debería haber aprobado los cursos electivos con éxito, y los cursos electivos no se le permitieron a la Solicitante, a petición explícita de ella, como se desprende de la correspondencia antes mencionada, y "más allá de la letra de la ley" como escribió la Prof. Parnas en su notificación antes mencionada, y es inconcebible que la Solicitante solicitara que se incluyeran cursos adicionales en el programa de prueba.
- El demandado tampoco probó el envío de la carta antes mencionada.
La dirección del solicitante no se indica en la carta y, según Scoop (p. 10), la dirección estaba escrita solo en el sobre. Por lo tanto, no sabemos qué dirección estaba escrita en el sobre y a qué dirección se envió la carta.