Caselaw

Moción de apertura (Tel Aviv) 23174-09-12 S.B. v. Colegio Académico de Tel Aviv-Yafo - part 5

October 31, 2012
Print

Las decisiones requeridas no están en absoluto en el ámbito de la decisión o evaluación académica del Demandado, sino más bien en el ámbito procesal y probatorio, y hasta cierto punto también en el ámbito interpretativo de las Regulaciones que el Demandado estableció (pero no dentro de nuestro contenido).

De ello se deduce que el tribunal puede intervenir en esta disputa.

Discusión sobre el cuerpo de la disputa

  1. Las siguientes son las secciones de los estatutos que se relacionan con nuestro asunto:

La Sección 7 (c) del Reglamento define lo que constituye un "estudiante en el programa de prueba":

"Un estudiante continuo que no cumplió con un requisito académico y cuya continuación de sus estudios estaba condicionada a mejorar sus logros dentro de un período de tiempo específico.  Si el estudiante no cumple con la condición dentro del período de tiempo requerido, sus estudios en el programa serán terminados".

La Sección 12g (b) establece: "Un estudiante que, durante cualquier año académico, repruebe cuatro cursos obligatorios diferentes, deberá tomar un programa de prueba.  .  .  El decano de la escuela puede determinar un número menor de fallas como condición para un programa de prueba".

La segunda parte de la sección 12 (g) especifica las "Regulaciones relacionadas con el programa de libertad condicional" (énfasis No Originalmente):

"A un estudiante en un programa de prueba se le asignará un programa de estudio especial, cuya duración no excederá de un año académico,  en el que tendrá que estudiar y completar con éxito todos los cursos en los que no obtuvo una calificación positiva.  Los cursos estarán sujetos a requisitos previos.  La decisión de permitir que el estudiante tome cursos adicionales estará en manos del Decano de la escuela.

El estado de dicho estudiante será el estado de un "estudiante en un programa de prueba".  Al estudiante se le permite inscribirse en un curso en el que reprobó solo una vez más.  Para volver a inscribirse en el curso, el estudiante tendrá a su disposición dos fechas de examen regulares del curso, Moed A y Moed B.  Si el estudiante reprueba el curso antes mencionado, o no cumple con los requisitos del programa de prueba dentro del período de tiempo estipulado, o si resulta que el programa de prueba extenderá la duración de los estudios del estudiante más allá de los cinco años, los estudios del estudiante  en el programa serán terminados.

Previous part1...45
6...11Next part